Reforma del impuesto de las plusvalias municipales

Escrito por Marta Puig

 El Gobierno aprobó ayer el real decreto-ley que adecua el Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía) a la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declaró nulo el método de cálculo de la plusvalía municipal que grava la revalorización frente a la venta, donación o herencia de una finca.

 

El texto aprobado por el Consejo de Ministros establece dos opciones para que el contribuyente pueda elegir la que salga más beneficiosa: la primera, permite que la cuota se calcule mediante el valor catastral del suelo en el momento de la transmisión, pero en función de unos coeficientes fijados por el Ministerio de Hacienda que se irá ajustando cada año en función de la realidad del mercado inmobiliaria (plusvalía objetiva); y la segunda, se valorará la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de la transmisión (plusvalía real).

Asimismo, quien no haya obtenido una ganancia en la compraventa no tendrá que abonar este Impuesto y se adecuará la base imponible a la capacidad económica del contribuyente, de modo que este impuesto sea un reflejo de la realidad del sector inmobiliario.

Para evitar la especulación este nuevo texto legal grabará las plusvalías que se produzcan cuando la fecha de adquisición y transmisión haya transcurrido menos de un año.

Esta ley entrará en vigor mañana día 10 de noviembre de 2021 y los Ayuntamientos tendrán seis meses para adaptar las normativas municipales al nuevo marco legal.

  

 Marta Puig

 

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