El Tribunal Supremo sentencia que las empresas no deben llevar un registro de la jornada diaria de todos los trabajadores.
El Consejo General del Poder Judicial con fecha 5 de abril ha publicado una nota donde informa que, a raíz de una Sentencia del Tribunal Supremo sobre el caso Bankia, ha cambiado la interpretación del artículo 35.5 que establecía el registro de la jornada diaria de toda la plantilla. Según la nueva interpretación, ya no es necesario llevar el registro horario diario de los trabajadores con jornada completa.
La interpretación que hasta ahora hacía la Inspección de Trabajo sobre este artículo, amparada en sentencias anteriores de la Audiencia Nacional, era que había que registrar las horas de todos los trabajadores. En base a este criterio, se habían hecho levantado muchos expedientes sancionadores contra empresas. La sentencia del Tribunal Supremo, sin embargo, lo cambia todo ya que es vinculante para la Inspección de Trabajo.
La Inspección de Trabajo no tiene más remedio que adaptarse este nuevo criterio y dejar de sancionar a las empresas por este concepto.
¿Cómo queda el control horario después de la sentencia?
Per resumir com queda la situación después de la sentència, podemos decir:
- Ya no es obligatorio llevar un registro de la jornada diaria de los trabajadores contratados a jornada completa ..
- Sí que hay que llevar un registro de las horas extras que hagan todos los trabajadores de la plantilla, independientemente de su jornada.
- Continúan las obligaciones de registro de la jornada diaria establecidas por los trabajadores contratados a tiempo parcial.
¿Qué pasa con las sanciones que se han impuesto?
Las sanciones que se impusieron a empresas en base a incumplimientos del registro de jornada diaria de sus trabajadores, si todos estaban a jornada completa, se pueden impugnar, ya que el nuevo criterio establece que la obligación genérica no existe.
Desde el despacho celebramos esta noticia porque simplifica el día a día de las empresas y de sus trabajadores. Con todo, no podemos dejar de hacer patente nuestro malestar por la inseguridad jurídica en la que nos movemos a menudo en este país, donde los criterios normativos cambian de la noche a la mañana. En este sentido, desde el despacho reiteramos nuestra apuesta por la formación y la difusión del conocimiento para que nuestros clientes estén puntualmente informados.
Judith Alarcón
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